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🚀 IMPARABLE VICTORIA DEL SINDICATO RoS: INSPECCIÓN OBLIGA A I-SEC A CUMPLIR CON EL REGISTRO DE JORNADA

En una importante victoria laboral en el Aeropuerto Josep Tarradellas Barcelona-El Prat, el Sindicato RoS ha logrado que la Inspección de Trabajo requiera oficialmente a I-SEC AVIATION SECURITY S.L. —empresa que gestiona varios lotes en el aeropuerto— a implantar un sistema de registro de jornada efectivo y transparente. Esta medida, obtenida gracias a la actuación de la sección sindical de RoS, afecta específicamente al lote 4, donde se habían denunciado incumplimientos.

La resolución, emitida el 23 de abril de 2025 por la inspección de trabajo, establece un plazo máximo de dos meses, por lo que la fecha límite para el cumplimiento expira el 23 de junio de 2025

Si I-SEC no cumple con lo ordenado, podrá enfrentarse a sanciones económicas graves, según lo previsto en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, con multas que podrían ascender hasta los 187.515 euros.

EL DIRECTOR OPERATIVO: UNA FIGURA FANTASMA

Uno de los aspectos más desconcertantes del caso ha sido la aparición de un supuesto Director Operativo en febrero de 2025, designado para «controlar los descansos» y con «potestad sancionadora». Sin embargo:

  • No ha habido comunicación oficial de su nombramiento a la plantilla.
  • No se han detallado sus competencias ni límites de actuación.
  • No existe una circular interna, ni presentación formal a la representación legal de los trabajadores.

Desde RoS nos preguntamos: ¿qué clase de director ejerce autoridad sin transparencia ni legitimidad? ¿No debería una figura con poder sancionador ser conocida y reconocida por todos los trabajadores?

La falta de comunicación y de regulación interna en torno a esta figura solo genera más dudas e inseguridad jurídica.

ESTA VICTORIA REPRESENTA MUCHO MÁS QUE UN TRÁMITE ADMINISTRATIVO.

 Es la respuesta a años de abusos, horas extra impagadas, descansos ignorados y una gestión del tiempo laboral marcada por el descontrol y la arbitrariedad. 

Una realidad sostenida no solo por la empresa, sino también por sus amiguitos, quienes, en lugar de defender los derechos colectivos, optaron por el silencio y la complicidad, a cambio de favores y beneficios exclusivos que les permiten vivir cómodamente, aun cuando eso signifique sacrificar a sus propios compañeros.

La Inspección ha destapado una situación insostenible: no existe un registro fiable de jornada, no se asignan pausas concretas y los descansos se pierden impunemente con la excusa de la carga de trabajo

Ni siquiera tras la huelga de agosto de 2023, la empresa asumió sus obligaciones legales, siendo necesaria la intervención del Estado para imponer el cumplimiento de lo que debería haber sido una práctica básica desde hace años.

Gracias a la lucha constante del Sindicato RoS, se ha logrado la implantación del registro efectivo de jornada, una medida que beneficiará a toda la plantilla: garantizará los descansos pactados, permitirá registrar las horas reales trabajadas, pondrá freno a los favoritismos y manipulaciones de cuadrantes, y evitará que la empresa siga robando tiempo y dinero a sus trabajadores.

Cuando los trabajadores se organizan y luchan unidos, no solo consiguen hacer justicia: también sientan las bases de un futuro más digno para todos.

UN AVISO PARA I-SEC Y PARA TODOS LOS EMPRESARIOS

El tiempo de los trabajadores tiene valor. El descanso no es un privilegio, sino un derecho. Y la legalidad no es opcional, es obligatoria. I-SEC ha vivido durante demasiado tiempo al margen de estas normas gracias a la colaboración pasiva (y a veces activa) de otras fuerzas que no han defendido los intereses reales del colectivo de trabajadores.

Pero eso se acabó. Con RoS, la dignidad laboral no se negocia. Vigilaremos el cumplimiento de este requerimiento hasta el último día, y actuaremos si la empresa vuelve a incumplir.

REGISTRO DE JORNADA

LA NORMATIVA DEL REGISTRO DE JORNADA EN ESPAÑA: CLARA Y OBLIGATORIA

Desde el 12 de mayo de 2019, tras la aprobación del Real Decreto-ley 8/2019, todas las empresas en España están obligadas a garantizar el registro diario de jornada de sus trabajadores. 

Esta normativa, que modificó el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores, tiene por objetivo luchar contra la precariedad laboral, el fraude en horas extra no pagadas, y garantizar el derecho al descanso y a la conciliación.

Obligaciones de las empresas según el art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores:

  • Registrar la hora de inicio y fin de la jornada diaria de cada empleado.
  • Conservar los registros durante cuatro años.
  • Ponerlos a disposición de la Inspección de Trabajo, representantes sindicales y trabajadores.

El incumplimiento de esta obligación puede ser sancionado como infracción grave, con consecuencias legales y económicas muy serias para la empresa.

UN FUTURO CON TRANSPARENCIA Y RESPETO

Hoy celebramos. Mañana seguimos luchando. Esta victoria es de todos los que no se rinden, de todos los que no aceptan el abuso como norma. Desde RoS lo decimos alto y claro:

¡El tiempo robado nunca más!

❓ PREGUNTAS FRECUENTES (FAQ)


1. ¿Qué ha ordenado exactamente la Inspección de Trabajo a I-SEC?


La Inspección de Trabajo ha emitido un requerimiento oficial obligando a I-SEC AVIATION SECURITY S.L. a implantar, en un plazo máximo de dos meses, un sistema efectivo de registro de jornada que controle las horas de entrada, salida y descansos pactados de los trabajadores en el Aeropuerto de Barcelona.

2. ¿Cuál es la fecha límite para que I-SEC cumpla con esta orden?

 La empresa tiene hasta el 23 de junio de 2025 para implantar el nuevo sistema. Pasado ese plazo, la empresa se expone a sanciones por incumplimiento de hasta 187.515 euros, según la gravedad y la reincidencia.

3. ¿Qué beneficios tendrá este registro para los trabajadores?


Permitirá que se respeten los descansos  pactados en convenio, evitará el fraude en horas extra, y hará mucho más difícil que se produzcan favoritismos, abusos o robos de tiempo. También facilitará que cada minuto trabajado sea justamente reconocido y pagado.

4. ¿Qué dice la ley sobre el registro de jornada en España?


Desde mayo de 2019, todas las empresas están obligadas a llevar un registro diario de jornada, conforme al artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores. Deben registrar el horario real de entrada y salida, conservar los datos durante 4 años y ponerlos a disposición de Inspección, trabajadores y representantes legales.

5. ¿Qué está pasando con el nuevo Director Operativo que ha nombrado la empresa?


Aunque se ha dicho que I-SEC ha designado un Director de Operaciones con funciones sancionadoras, a día de hoy no hay ninguna comunicación oficial a la plantilla ni a la representación sindical que lo legitime. Esto genera inseguridad y falta de transparencia en su actuación.


📅 FECHA LÍMITE DE CUMPLIMIENTO: 23 de junio de 2025

📈 POSIBLES SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO: Hasta 187.515€ según la gravedad

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